En resumen
  • El Convenio Multilateral distribuye tu base de Ingresos Brutos entre las jurisdicciones donde tenés actividad.
  • En el régimen general, el reparto se hace con un coeficiente: 50% según tus ingresos y 50% según tus gastos en cada jurisdicción.
  • Hay regímenes especiales para algunas actividades, como construcción, transporte o profesiones liberales.
  • Las declaraciones mensuales se presentan por SIFERE y hay una declaración anual (CM05) que recalcula los coeficientes.

Qué es el Convenio Multilateral

Es un acuerdo entre todas las provincias y la Ciudad de Buenos Aires para evitar que un mismo ingreso pague Ingresos Brutos dos veces. Si tu actividad se desarrolla en varias jurisdicciones, en lugar de que cada una cobre sobre el total, la base imponible se distribuye entre ellas.

Cada jurisdicción cobra sobre la porción que le toca, con su propia alícuota. Por eso, aunque pagues en una sola declaración, el resultado combina las reglas de cada lugar.

¿Quién tiene que inscribirse?

Te corresponde el Convenio Multilateral cuando tu actividad genera ingresos y gastos en más de una jurisdicción. Algunos ejemplos:

  • Tenés tu oficina en CABA y prestás servicios a clientes en Provincia de Buenos Aires, con gastos allí (traslados, personal, un depósito).
  • Vendés por internet a compradores de distintas provincias y soportás gastos vinculados a esas operaciones.
  • Tenés sucursales o locales en más de una jurisdicción.

Es un tema técnico: no alcanza con tener un cliente en otra provincia. Hay que analizar dónde se generan tus ingresos y tus gastos. En la duda, conviene definirlo antes de inscribirte, porque corregir el régimen después implica rectificar declaraciones.

Régimen general: cómo se calcula el coeficiente

La mayoría de las actividades usa el régimen general. La base se distribuye con un coeficiente unificado por jurisdicción, que se calcula así:

  • 50% según la proporción de tus ingresos atribuibles a cada jurisdicción.
  • 50% según la proporción de tus gastos soportados en cada jurisdicción.

Esos coeficientes se calculan con los datos del ejercicio anterior y se aplican durante todo el año siguiente sobre los ingresos de cada mes.

Ejemplo simplificado: si el año pasado el 70% de tus ingresos y el 60% de tus gastos fueron en CABA, tu coeficiente para CABA es (70% + 60%) ÷ 2 = 65%, y para Provincia de Buenos Aires, 35%. Este año, cada mes aplicás esos porcentajes sobre tu facturación y, a cada parte, la alícuota de su jurisdicción.

Si recién empezás la actividad o te sumás a una nueva jurisdicción, todavía no tenés un ejercicio completo para calcular coeficientes. Para eso el Convenio prevé reglas especiales de inicio de actividades.

¿Vendés en más de una provincia?Definimos si te corresponde el Convenio y te dejo los coeficientes bien calculados.

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Regímenes especiales

Algunas actividades no usan el coeficiente general, sino reglas propias de distribución. Entre ellas están la construcción, los seguros, las entidades financieras, el transporte y las profesiones liberales. Si tu actividad está en uno de estos regímenes, la forma de repartir la base cambia por completo.

Formularios, SIFERE y vencimientos

FormularioPara qué sirve
CM01Inscripción en el Convenio Multilateral
CM02Modificaciones: altas o bajas de jurisdicciones, cambios de datos
CM03Declaración jurada mensual, que se presenta por SIFERE
CM04Cese de actividades
CM05Declaración jurada anual, donde se determinan los coeficientes

Las declaraciones mensuales vencen según la terminación de tu CUIT, con el calendario que publica la Comisión Arbitral. El pago se hace por VEP o home banking, y las retenciones y percepciones sufridas en cada jurisdicción (incluido el SIRCREB) se descuentan en la declaración.

Errores frecuentes

  • Inscribirse como contribuyente local cuando correspondía convenio, o al revés.
  • Olvidar dar de alta una jurisdicción nueva cuando empezás a operar allí.
  • No presentar el CM05 y seguir usando coeficientes viejos.
  • No computar retenciones bancarias de cada jurisdicción, lo que genera saldos a favor que se acumulan.
  • Atribuir mal los ingresos de ventas online. Es la duda más frecuente hoy.