Dos veces al año tenés que revisar si tu categoría sigue siendo la correcta. La última recategorización rigió desde el 1° de agosto de 2026 — si no la hiciste, puede haber diferencias a tu cargo.
Se analiza el acumulado de los 12 meses anteriores (feb-ene). La nueva categoría rige desde febrero.
Se analiza el acumulado de los 12 meses anteriores (ago-jul). La nueva categoría rige desde agosto.
Si tu facturación, alquiler, superficie o consumo eléctrico de los últimos 12 meses cambiaron respecto a tu categoría actual, tenés que recategorizarte — subiendo o bajando, según corresponda.
Seguís pagando la cuota de tu categoría anterior, aunque ya no corresponda. Si ARCA detecta el desfasaje, te puede recategorizar de oficio con diferencias retroactivas a pagar, además de la posibilidad de multas. Lo más simple es revisarlo vos misma/o con la calculadora antes de cada ventana.
Confirmámosla juntas antes de la próxima presentación.