La recategorización de agosto 2026 ya está aplicada. Ingresá tu facturación (y, si corresponde, alquiler, local y energía) y te decimos en qué categoría estás parado hoy — antes de que te lo diga una multa.
Estimación orientativa a partir de la escala vigente. No reemplaza la recategorización formal ante ARCA — para eso, escribinos.
Ingresos brutos acumulados en los últimos 12 meses.
Lo devengado por el inmueble afectado a la actividad.
Metros cuadrados del local u oficina afectados.
Consumo eléctrico anual del local, en kWh.
Tu categoría final es la más alta entre las cuatro variables — por eso alguien con poca facturación pero un local grande puede terminar en una categoría más cara de lo esperado.
Servicios — escala vigente desde el 1° de agosto de 2026.
| Cat. | Facturación anual hasta | Superficie | Energía anual | Alquiler anual hasta | Cuota mensual |
|---|---|---|---|---|---|
| A | $12.009.410 | 30 m² | 3.330 kWh | $2.792.886 | $49.527 |
| B | $17.595.183 | 45 m² | 5.000 kWh | $2.792.886 | $56.379 |
| C | $24.670.494 | 60 m² | 6.700 kWh | $3.816.944 | $66.020 |
| D | $30.628.651 | 85 m² | 10.000 kWh | $3.816.944 | $84.613 |
| E | $36.028.231 | 110 m² | 13.000 kWh | $4.841.003 | $119.811 |
| F | $45.151.659 | 150 m² | 16.500 kWh | $4.841.003 | $150.784 |
| G | $53.995.799 | 200 m² | 20.000 kWh | $5.771.965 | $230.313 |
| H | $81.924.660 | 200 m² | 20.000 kWh | $8.378.658 | $522.707 |
| I | $91.699.762 | 200 m² | 20.000 kWh | $8.378.658 | $963.748 |
| J | $105.012.519 | 200 m² | 20.000 kWh | $8.378.658 | $1.167.300 |
| K | $126.610.839 | 200 m² | 20.000 kWh | $8.378.658 | $1.614.446 |
La cuota mensual no es un solo concepto — son tres pagos que ARCA cobra juntos en un mismo comprobante.
La parte que varía según tu categoría (A a K) — es lo que ves reflejado en la tabla de arriba.
Es el mismo monto fijo para todas las categorías — te da los años de aporte para la jubilación.
Cobertura de salud incluida en la cuota, también con un monto fijo independiente de tu categoría.
Por eso dos monotributistas de la misma categoría pueden pagar distinto: si sumás un grupo familiar a la obra social, ese adicional se refleja en el total de la cuota.
La recategorización es semestral: enero y julio de cada año, con la nueva categoría rigiendo desde agosto o febrero respectivamente.
Seguís en tu categoría anterior aunque ya no corresponda, con riesgo de diferencias a pagar y multas si ARCA detecta el desfasaje.
No — es una estimación para que sepas dónde estás parado. La recategorización formal se hace ante ARCA y podemos gestionarla nosotros.
Depende de la categoría y la cantidad. Es un punto que conviene confirmar caso por caso — escribinos y lo revisamos.
Hacé el quiz de 3 preguntas en la portada para una primera orientación.
Respuesta en el mismo día hábil.